viernes, 13 de junio de 2008

ANTE LA EXPLOTACIÓN, DEBE CONSIDERARSE A LOS NIÑOS COMO VERDADEROS TITULARES DE DERECHOS


  • La integrante del IIJ de la UNAM, Mónica González Contró, señaló que sería la mayor contribución de la sociedad en contra de la explotación laboral
  • Alrededor de 246 millones de infantes en el planeta son sujetos de explotación infantil y al menos tres cuartas partes lo hacen en condiciones de peligro para sus vidas, revela UNICEF
  • Se debe atacar el problema de raíz, que es la situación de extrema pobreza en la que viven niños y familias, subrayó

La mayor contribución de la sociedad contra de la explotación laboral de los niños sería identificarlos como verdaderos titulares de derechos, pues viven una situación generalizada de vulneración, afirmó la integrante del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, Mónica González Contró.

Sin embargo, la colectividad es permisiva a esa realidad. No hay una conciencia clara de que estas situaciones violan las garantías fundamentales de manera radical y violenta. Basta observar las calles, indicó en el marco del Día Mundial contra el Trabajo Infantil.

De acuerdo con reportes del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), alrededor de 246 millones de niños y niñas en el planeta son sujetos de explotación infantil y al menos tres cuartas partes –171 millones–, lo hacen en condiciones de peligro para sus vidas manipulando productos químicos y pesticidas o en las minas.

Asimismo, el informe Protección infantil contra el abuso y la violencia: Explotación infantil, también de ese organismo, consigna que el 70 por ciento de los menores que laboran en el mundo lo hacen en la agricultura, y más de 50 países reclutan a menores de 18 años para armarlos y enviarlos a la guerra.

En América Latina, prosigue el documento, también el 70 por ciento de los infantes trabajadores lo hacen en el sector rural. Si bien el cultivo de la tierra, sea familiar, de subsistencia o comercial, puede no ser una actividad peligrosa en sí misma, hay quienes lo hacen en condiciones extremas.

El instrumento internacional de protección de los derechos de los infantes es la Convención sobre los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), firmada en 1989 y ratificada por el Estado mexicano en 1990, recordó González.

El marco jurídico nacional está contenido en la Constitución. De forma genérica, el artículo cuarto establece que los menores tienen derecho a protección especial. En tanto, detalló, el 123 instaura ese resguardo en las leyes respectivas para que se prohíba, expresamente, el trabajo infantil.

A pesar de ello, las formas de explotar a los pequeños son múltiples y variadas, reconoció la investigadora. Mientras no se tenga como prioridad invertir recursos públicos en la erradicación de estas prácticas, será difícil que estos fenómenos terminen.

Una decisión fundamental sería destinar recursos para la protección de los derechos de la infancia y de la adolescencia. Con ello, argumentó, cambiaría radicalmente la situación, porque se financiarían políticas para mejorar el sistema educativo, de salud y de asistencia social.

Además, agregó González, se debe atacar el problema de raíz, la extrema pobreza que viven niños y familias y que lleva a que muchos abandonen la escuela y se involucren en largas jornadas laborales.

También, los infantes se exponen a la violencia en lugares de trabajo de los adultos, con consecuencias psicológicas graves, ocasionadas por la presión para cumplir con cuotas de producción, señaló la especialista en derechos de niños, niñas y adolescentes.

La explotación infantil azota, en especial, a países en vías de desarrollo, pero en este fenómeno se ven implicados las naciones industrializadas, refirió.

El trabajo infantil es la expresión de un problema de vulneración de derechos más grave. Un niño labora no porque necesariamente esa sea su opción, sino porque no tiene el sustento económico necesario o posibilidades de subsistencia, concluyó.

Créditos: DGCS Universidad Nacional Autónoma de México (www.dgcs.unam.mx)

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